Primera y única vivienda
No puede tener otro inmueble a su nombre. Si está casado bajo comunidad de bienes, ambos cónyuges deben cumplir este requisito.
El Bono de Primera Vivienda le devuelve el ITBIS pagado en la construcción de su apartamento y lo convierte en parte de su inicial. Le explico en qué consiste, quién califica y cómo se solicita.
Cuando un proyecto se construye bajo un fideicomiso de vivienda de bajo costo, el Estado compensa al comprador de su primera vivienda con el ITBIS que se pagó en los materiales y servicios de la obra. Por eso también se le llama Bono ITBIS o Bono de Vivienda de Bajo Costo.
Lo establece la Ley 189-11 (modificada por la Ley 338-21). El monto lo calcula el Estado para cada proyecto y lo paga la DGII directamente al fideicomiso, no en efectivo al comprador.
El uso más común: reduce lo que usted necesita ahorrar para el pago inicial.
Si ya tiene su inicial cubierto, se aplica para reducir el monto financiado.
También puede aplicarse a lo que queda pendiente de la deuda hipotecaria.
Estas son las condiciones que establece la DGII en su Guía del Contribuyente No. 26 (enero 2026).
No puede tener otro inmueble a su nombre. Si está casado bajo comunidad de bienes, ambos cónyuges deben cumplir este requisito.
El proyecto debe estar calificado como “Vivienda de Bajo Costo” por el Estado (MIVED, antes INVI) y registrado en la DGII.
La vivienda se compra dentro de un fideicomiso de vivienda de bajo costo. La fiduciaria es quien gestiona la solicitud.
El precio de venta no puede superar RD$5,450,851.12 para contratos firmados en 2026.
Debe estar identificado el número de unidad y el proyecto habitacional que adquiere.
La vivienda debe ser habitada por usted o por padres, hijos o hermanos (primer grado).
Compromiso de 5 años. Durante al menos cinco años no puede alquilar ni transferir la vivienda. Si lo hace, debe devolver el bono completo o la parte que corresponda a los años que faltan.
El proyecto debe estar en un fideicomiso clasificado como vivienda de bajo costo y registrado en la DGII. En esta misma página puede revisar nuestros proyectos que aplican para el Bono Vivienda en Santo Domingo, Punta Cana y La Romana.
Ver proyectos disponibles →Yo, como su asesor, junto con la fiduciaria del proyecto, nos encargamos de todo el proceso de solicitud y gestión del bono ante la DGII. Le indico qué documentos necesitamos y le mantengo informado hasta que el bono se aplica a su compra.
Iniciar mi proceso →Seleccione la localidad y abra la ficha en PDF de cada proyecto.
Escriba su nombre, elija el proyecto que le interesa, responda las preguntas y envíe su caso a Rolfi por WhatsApp. La confirmación final depende de la fiduciaria y la DGII.
Las viviendas calificadas de bajo costo con precio dentro del tope quedan exentas del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (Ley 338-21), que normalmente es del 3% del valor.
Existen otros incentivos como el Bono Inicial, el Bono Tasa y el Bono Mujer, con requisitos propios. Le oriento sobre cuáles aplican a su caso.
No. La DGII transfiere el monto a la cuenta del fideicomiso y se aplica a su inicial, al capital de su préstamo o al saldo pendiente.
Depende del proyecto, porque equivale al ITBIS pagado en su construcción. El Estado lo calcula para cada tipo de vivienda. Como referencia, en el sector se habla de un rango de entre 6% y 8% del valor de la vivienda.
No. Yo, como su asesor, junto con la fiduciaria del proyecto, nos encargamos de la solicitud y la gestión del bono. Usted solo aporta sus documentos.
En el portal de la DGII puede consultar el RNC del fideicomiso en “Herramientas → Consultas → RNC Contribuyentes”. Los proyectos que publicamos en esta página ya aplican para el bono.
El requisito es que sea su primera y única vivienda. Se valida con la certificación de Catastro Nacional, así que conviene revisar su caso específico antes de reservar.
No durante los primeros cinco años. Si lo alquila o vende en ese período, debe devolver el bono total o proporcional a los años que faltan.
La vivienda no califica como bajo costo y no aplica el bono. Para 2026 el tope es RD$5,450,851.12 en contratos firmados desde la publicación de la resolución.
Su asesor
Le acompaño desde la elección del proyecto hasta que el bono se aplica a su compra. Le explico los números con claridad y coordino con la fiduciaria y el banco por usted.